Con la intención de ayudarle en el cómputo de los plazos en las notificaciones electrónicas recibidas de la Agencia Tributaria mediante la DEH (Declaración Electrónica Habilitada de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es), le informamos de lo necesario para calcular correctamente los días de los que dispone:
- Inicio del plazo: Las notificaciones electrónicas se entenderán notificadas en el momento en el que acceda a su contenido, ya sea desde la plataforma web del organismo del que se trate o desde la plataforma notificaciones060 de correos.
- No leídas: También se entenderá notificada, por el simple transcurso de 10 días naturales desde su puesta a disposición en la sede electrónica. Tenga en cuenta que se trata de días naturales y no hábiles, por lo que se cuentan sábados, domingos y festivos.
- Efectos: Los efectos de la notificación se producirán al día siguiente de la notificación o del transcurso de los 10 días naturales desde su puesta a disposición
Ejemplo: Si usted tiene conocimiento de que el 05/11 la Agencia Tributaria le ha colgado en su sede electrónica una notificación, el último día para recogerla será el 15/11. Si no recogiera esta notificación, el día en que se entendería notificada sería el 15/11 y la aplicación del acto administrativo que se intentaba notificar comenzaría a partir del 16/11.
Según el artículo 30 de la Ley 39/2015 los plazos señalados por días se cuentan desde el día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación del acto administrativo. Asimismo, la regulación de las notificaciones electrónicas se recoge en el artículo 40 de la misma ley.
Buen post, lo he compartido con mis amigos.