Foco constante de conflictos, la morosidad “vecinal” es uno de los principales problemas con los que se encuentran los presidentes o secretarios de las comunidades de propietarios, siendo la gestión de estas situaciones especialmente complicada y tortuosa para aquellas personas que, por lo general, les toca el cargo de presidencia sin tener experiencia ni habilidad para gestionar todas las responsabilidades adheridas al cargo y no disponen de la ayuda y asesoramiento de un buen administrador de fincas.
Por ello, a fin de guiar y orientar a aquellas personas que se encuentren con un problema de esta índole, resumimos de forma sencilla los pasos a seguir para reclamar las cuotas o las derramas pendientes de un vecino moroso. Reiterando que el proceso suele ser más complicado de lo que pueda parecer en este articulo debido a la más que posible falta de buena fe por parte del vecino que adeuda las cuotas, por ello aconsejamos dejar estos asuntos en manos del administrador de fincas de la comunidad, quien debido a su experiencia sabrá gestionar el conflicto de forma eficiente y nos ahorrara tiempo y dolores de cabeza.
RECLAMAR CANTIDADES A UN VECINO MOROSO
La forma más efectiva de reclamar una deuda de esta índole, es mediante un procedimiento judicial, el cual consiste en un juicio o procedimiento monitorio. Este mecanismo judicial es mucho más sencillo, rápido y económico que el resto de procesos judiciales (En los casos en los que se reclamen cantidades inferiores a 3.000 euros, no será necesaria la intervención ni de abogado ni de procurador), siendo un proceso que por lo general el éxito de cobrar la deuda es bastante elevado, tanto por la seriedad e intimidación que ejercer sobre el deudor recibir una reclamación judicial, como por la protección y reconocimiento que ofrece la justicia a la deuda reclamada, así como a nuestros derechos como demandantes.
Dicha reclamación debe iniciarla el presidente de la comunidad, pues él representa y actúa en nombre de la comunidad.
En primer lugar, es recomendable, antes de nada, intentar reclamar la deuda de forma amistosa, hablar con el vecino moroso, conocer los motivos por los cuales no paga e intentar llegar a un acuerdo o algún entendimiento para sufragar la deuda, puesto que no todo el mundo actúa de mala fe y a fin de evitar conflictos entre vecinos siempre es recomendable una solución amistosa del problema.
En caso de que el deudor no este predispuesto a llegar a un entendimiento, no nos quedara otra solución que iniciar la reclamación judicial.
PROCEDIMIENTO PREVIO A LA RECLAMACIÓN JUDICIAL.
Antes de indicar la reclamación judicial, hay que cumplir con una serie de actos o formalismos:
- El primer lugar hay que organizar una reunión de vecinos que tenga como punto del día proceder a reclamar la deuda, ello implica que los vecinos den su consentimiento, dando constancia en el libro de actas de lo acordado en la reunión, indicando la fecha, el nombre, piso del vecino moroso, la cantidad que debe, a que corresponde, e indicar expresamente que se acuerda iniciar reclamación judicial.
- A continuación se hace un último intento de reclamación amistosa, que a la vez es un requisito legal para iniciar el proceso judicial, el cual consiste en el envió de un burofax al vecino moroso reclamándole la deuda, en el que se detallara el importe y concepto de la cantidad debida, el día en el que se acordó reclamarle la deuda y solicitarle que se ponga al corriente de la deuda.
- Paralelamente redactamos un certificado de deudas pendientes con el fin de colgarlo en el tablón de anuncios de la comunidad, a fin de que sirva a los mismos efectos del burofax y como prueba de la existencia de la deuda.
Dejamos pasar un tiempo prudencial para que el deudor pague o conteste a nuestro requerimiento. Pasado ese plazo prudencial y sin la existencia de noticias o voluntad del vecino de sufragar la deuda iniciaremos la vía judicial.
PROCEDIMIENTO RECLAMACIÓN JUDICIAL.
Realizados los tramites anteriores iniciamos la reclamación judicial mediante un proceso monitorio, el cual iniciaremos con la redacción y presentación de una demanda de juicio monitorio firmada por el presidente de la comunidad.
¿Que debe contener una demanda monitorio?
- La demanda debe contener; los datos de la comunidad que reclama y los datos conocidos del deudor, la cantidad reclamada y a que corresponde, un pequeño resumen de los hechos que dieron lugar a la deuda, así como una sencilla descripción de la ley o preceptos legales que amparan nuestra reclamación y los intentos de reclamación amistosa.
¿Qué documentación hay que aportar?
- Nota Simple del registro de la propiedad que demuestre que el deudor tiene o vive en un inmueble o vivienda de la comunidad.
- Copia del acta donde se nombra presidente a la persona que firma la demanda y actúa como tal. Y copia del acta en la que se acuerda reclamar la deuda.
- Certificado del estado de la deuda
- Burofax remitido al deudor reclamándole la deuda de forma amistosa
- Justificantes de todos los gastos que ocasione la reclamación (los cuales se le podrán reclamar al deudor)
- Y toda aquella documentación extra que demuestre la existencia de la deuda.
¿Donde hay que presentarla?
- Una vez redactada la demanda y adjuntada toda la documentación, se presentaran 3 copias (una para el juzgado, una para el deudor y otra para la comunidad) en el juzgado de primera instancia del municipio o localidad del domicilio del deudor, generalmente en el juzgado del municipio de la comunidad.
¿Cómo evoluciona la reclamación judicial?
Una vez presentada la demanda, ahora solo cabe esperar a que el juzgado inicie sus actuaciones de reclamación. Pudiendo ocurrir tres cosas, en función de la posición del deudor; que pague, que no haga nada o que se oponga:
- Si el deudor al recibir la reclamación judicial paga voluntariamente, el proceso judicial se termina y la deuda se subsana.
- Si no hace nada, transcurrido el plazo marcado por el juzgado este dictara Decreto dando por concluido el procedimiento monitorio, reconociendo la deuda y dándonos traslado para iniciar la ejecución y posterior embargo de los bienes del deudor a fin de cubrí las cantidades reclamadas mas las costas originadas por el proceso.
- En caso de que el demandado se oponga a la reclamación, el proceso concluirá con una vista o “juicio” donde se dictaminara y se probara si el deudor tiene fundamentos para oponerse a la deuda, o no.
Estos son a grandes rasgos los pasos de la reclamación judicial. Cabe señalar que el proceso es un poco más complejo de lo que pueda parecer en este resumen y a pesar de su rapidez siempre depende de la velocidad a la que trabajen los juzgados, pero a pesar de todo es la forma más eficaz de reclamar una deuda a un vecino moroso y la que mas ratio de éxito tiene, ya sea por el pago de la deuda como por el embargo de los bienes del moroso.