A veces puede pasar que hay etapas en la vida de una Comunidad que pasa por un período de caos y desorden en la que posiblemente se lleven años sin realizar reuniones y/o estas sean de gran confusión y se necesite de un asesoramiento extra que encauce esa situación.
Si estamos decididos a dar un cambio de timón a los asuntos de la Comunidad y si además, el cambio es para contratar un administrador, los pasos han de ser los siguientes:
1.- Convocar y formalizar la convocatoria de una Junta General Extraordinaria cuyo requisito es que el 25% de los propietarios estén de acuerdo en su realización. Además, se pondrá hoja y aviso en el vestíbulo de la finca con la día, hora y orden del día de la misma.
2.- Contratación o cambio de administración, para esa función, con la mayoría de los asistentes es suficiente para proceder a su nombramiento.
3.- Emisión del acta y traspaso de documentación, que será un proceso que la propia administración tutelará hasta llevarse a cabo.
En este caso, el procedimiento puede ser bastante sencillo aunque siempre es recomendable tener una visita con la administración donde se aconsejará la forma más adecuada de llevarla a cabo.